Puedes ampliar la información de todas ellas, en nuestra página de LinkedIn. Pincha aquí

 

Proyecto de colaboración desarrollado por las empresas AIM Inspección SL y Táctica TIC SL cofinanciado por el Ayuntamiento de Gijón a través de Gijón Impulsa en el marco del programa de Incentivos Impulsa 2023 (Plataformas de Cooperación Empresarial).

El proyecto consiste en un sistema basado en visión por computador que permita controlar el estado de ocupación de las zonas comunes de un inmueble. El objetivo es tener información en tiempo real de si hay alguna persona deambulando por el edificio y saber dónde se encuentra en cada momento, con el objetivo de poder informar a los vecinos de este hecho.

AIM Inspección, ha sido el encargado de realizar la inspección reglamentaria de Protección Contra Incendios y de Aparatos Elevadores, comprobando el correcto estado y funcionamiento de las protecciones eléctricas instaladas, así como de verificar el cumplimiento de la normativa aplicable para este tipo de establecimientos.

AIM Inspección, ha sido el encargado de realizar la inspección reglamentaria de la instalación eléctrica de baja tensión en el recién inaugurado OCINE PREMIUM del Centro Comercial Los Fresnos de Gijón. Se ha comprobado el correcto estado y funcionamiento de las protecciones eléctricas instaladas, así como de verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en instalaciones eléctricas para este tipo de establecimientos.

AIM Inspección, realiza anualmente y con carácter recurrente, las inspecciones reglamentarias de Baja Tensión (BT), Protección contra incendios (PCI) y Aparatos Elevadores (AE) de todas las tiendas masymas y mycash del Principado de Asturias y León, así como de su centro logístico ubicado ubicado en el Parque Alimentario Logístico, Mercasturias (Llanera).

AIM Inspección, ha realizado la inspección reglamentaria de los sistemas de protección contra incendios del Estadio de El Molinón Enrique Castro Quini, verificando el cumplimiento de la normativa aplicable para garantizar la seguridad de todos los usuarios, trabajadores y público en general.

AIM Inspección, ha realizado la Inspección de la Instalación Eléctrica para la legalización de los 3 nuevos quirófanos del Hospital de Jove de Gijón.

AIM Inspección, ha realizado la Inspección Periódica Reglamentaria de la Instalación de Protección Contra Incendios del Hotel NH de Oviedo, cumpliendo así con la normativa vigente (Real Decreto 513/2017).

AIM Inspección, activa un nuevo correo electrónico al que dirigir cualquier duda o petición sobre marketing y/o colaboraciones entre empresas.
A través de él, se gestionará la presencia, promoción y autorizaciones pertinentes de los servicios prestados a otras entidades, para que puedan aparecer en nuestra web, en Linkedin y en Google.
* Mail de contacto: marketing@aimserviciosindustriales.com

AIM Inspección obtiene una nueva acreditación ENAC como Organismo de control para el campo reglamentario de Ascensores. Con esta nueva acreditación, AIM Inspección amplía el abanico de servicios de inspección que ya disponía, estando ahora en situación de poder cubrir la solicitud demandada por parte de muchos de nuestros clientes y/o colaboradores, así como la posibilidad de llegar a nuevos clientes que demanden este tipo de actuaciones.

En este link podéis ver y  descargar en pdf el Anexo Técnico de ENAC para AIM INSPECCIÓN

El 28 de Febrero de 2020, AIM Inspección ha inaugurado nuevas oficinas para su sede en Gijón.

Avda. del Jardín Botánico 408 – Oficina 26
Centro de Empresas La Guía
33203 – Gijón – Asturias.

El pasado 16 de enero se ha publicado en el BOE, la nueva revisión de la instrucción técnica complementaria ITC-BT-02 del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por la que se actualiza el listado de normas de aplicación.

En esta nueva revisión se incluyen nuevas normas de referencia no existentes en el momento de la publicación del Reglamento electrotécnico para baja tensión, de acuerdo con los avances del estado de la técnica y/o las normas europeas, así como nuevas ediciones de normas contenidas en el listado de la instrucción técnica complementaria ITC-BT-02 las cuales ha sido aprobadas por la Asociación Española de Normalización (UNE).

En este link podéis ver y  descargar en pdf la Nueva ITC-BT 02

El nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo, contempla en su “Disposición transitoria cuarta”, un calendario para la relación de la primera inspección de las instalaciones de protección contra incendios existentes a la entrada en vigor del presente Reglamento, las cuales deberán someterse a la primera inspección a los diez años de su puesta en servicio.

Según queda indicado en dicho reglamento, las instalaciones de protección contra incendios existentes con diez o más años desde su puesta en servicio, a la entrada en vigor del presente Reglamento, deberán someterse a la primera inspección en los siguientes plazos máximos:

  • a) Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 20 años: en el plazo de un año, siendo esta fecha el 12 de diciembre del 2018 – PRIMER PLAZO CADUCADO HACE UN AÑO.!!!
  • b) Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 15 años y menor a 20 años: en el plazo de dos años, siendo esta fecha el 12 de diciembre del 2019- SEGUNDO PLAZO CADUCADO RECIENTEMENTE !!!
  • c) Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 10 años y menor a 15 años: en el plazo de tres años, siendo esta fecha el 12 de diciembre del 2020 – TERCER PLAZO CON UN AÑO DE VIGENCIA.

Por lo tanto si su instalación de protección contra incendios tiene una antigüedad mayor o igual a 15 años y está dentro del listado abajo indicado, no dude en ponerse en contacto con nosotros para solicitar información:

  • -Uso administrativo con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
  • -Uso docente con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
  • -Uso comercial con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • -Uso pública concurrencia con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • -Uso aparcamiento con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • -Uso residencial público y uso Hospitalario.
  • -Usos anteriores con superficies menores si contiene zonas o locales de riesgo especial alto (C.T.E.).
  • -Uso industrial no afectado por RD 2267/2004.

 

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