Condiciones generales

Condiciones Generales de Contratación

  1. General.

1.1.      Salvo pacto escrito en contrario, las siguientes condiciones son válidas para todas las ofertas emitidas o servicios prestados por AIM Inspección S.L., bajo el nombre comercial de AIM Servicios Industriales (en lo sucesivo AIM) y en consecuencia todos los contratos, acuerdos y pactos que se establezcan se regirán por las presentes Condiciones Generales.

1.2.      En caso de existir otras condiciones generales de contratación del cliente, no serán de aplicación y quedan expresamente excluidas por las presentes.

1.3       Salvo que AIM  haya recibido previamente instrucciones en contrario del Cliente, ninguna persona física o jurídica distinta a éste, tendrá derecho a dar instrucciones, en particular sobre el alcance u objeto de los servicios a prestar o con relación a la entrega del correspondiente informe.

  1. Ofertas.

2.1.      Hasta la aceptación expresa y escrita de la oferta, las ofertas serán condicionales y no vinculantes, tanto en alcance, ejecución, precios como en plazos previstos. Estas condiciones  podrán ser modificadas por AIM sin previo aviso.

2.2.      Salvo pacto en contrario, las ofertas de AIM podrán ser objeto de revisión, en caso de variaciones de requisitos legales, normativos o de proceso.

  1. Entrada en vigor y duración del contrato.

3.1.      El contrato entrará en vigor en la fecha establecida en la oferta de AIM y se mantendrá en vigor durante el periodo de tiempo previsto. En el caso de que el cliente realice una solicitud de trabajo u orden de pedido a AIM sin oferta previa, se puede aceptar el encargo bien sea por declaración escrita de aceptación o mediante la ejecución de los servicios solicitados y detallados en la orden de pedido u oferta Esta aceptación puede ser enviada por medio electrónicos o bien ser firmada en el momento de la actuación, por el cliente o su representante.

3.2.      La vigencia del contrato comienza a la entrada en vigor del mismo de acuerdo con lo establecido en el punto 3.1 y se mantendrá durante el periodo de tiempo previsto. En caso de prórroga, la duración del contrato se prorrogará durante el plazo establecido en él, a menos que el contrato sea resuelto mediante notificación escrita de una de las partes a la otra con una antelación de al menos treinta (30) días respecto a la fecha de vencimiento del plazo contractual pactado.

  1. Prestación de los servicios.

4.1.      El alcance de los servicios será definido mediante declaración unánime y conjunta de ambas partes. Si no existe tal declaración, la confirmación escrita de AIM será decisiva.

4.2.      Los servicios se llevarán a cabo siguiendo las reglas de la técnica generalmente reconocidas y cumpliendo las normas vigentes en el momento de confirmación del pedido.

4.3.      Adicionalmente, AIM podrá determinar a su sola discreción el método a aplicar y el tipo de exámenes a llevar a cabo, salvo que  haya sido expresamente pactado por escrito o existan reglas de obligado cumplimiento que exijan la observancia de un determinado procedimiento.

4.4.      Con la sola ejecución de los servicios no se asume ninguna garantía  por parte de AIM sobre el adecuado funcionamiento y la corrección (calidad apropiada) de las partes o componentes inspeccionados o ensayados o analizados, ni de la instalación considerada como un todo, ni de que los procedimientos, organización, uso y aplicación de aquellos sea acorde a la normativa, ni de la corrección de los sistemas sobre los que la instalación se basa; en particular, no se asumirá ninguna responsabilidad respecto a la construcción, selección de materiales y ensamblaje de las instalaciones examinadas, a menos de que así haya sido expresamente estipulado en el contrato.

4.5.      En el caso de que el cliente contrate a AIM para presenciar la intervención de un tercero, la responsabilidad de AIM queda limitada a estar presente durante dicha intervención, así como a transmitir los resultados que hayan sido obtenidos, o a confirmar que la intervención ha sido llevada a cabo por el tercero; en consecuencia el cliente acepta y asume, que AIM no tiene otra responsabilidad diferente de la anteriormente indicada.

4.6.      En caso de trabajos de inspección, AIM no asumirá responsabilidad alguna sobre la exactitud de los programas o de las reglamentaciones, normas o reglas técnicas en las que se deban basar las inspecciones y dictámenes, salvo cuando otra cosa haya sido expresamente acordada por escrito.

4.7.      AIM podrá subcontratar o delegar la ejecución total o parcial de cualesquiera de los servicios requeridos a cualquier agente o subcontratista; como consecuencia de lo anterior el cliente autoriza a AIM a transmitir toda la información necesaria al agente o subcontratista con dicho fin.

4.8.      El cliente manifiesta expresamente conocer que el hecho de que AIM le preste sus servicios, no significa que él, o cualquier tercero, pueda dejar de asumir o quede liberado total o parcialmente de las obligaciones asumidas por cada uno de ellos entre sí y/o frente a cualesquiera otras personas físicas o jurídicas.

  1. Términos y plazos de ejecución de los servicios.

5.1.      Los términos y plazos de ejecución acordados contractualmente se basan en meras estimaciones del alcance del trabajo según los datos e informaciones particulares aportados por el cliente. Por consiguiente, tales términos y plazos solamente serán vinculantes cuando AIM confirme expresamente por escrito su carácter como “vinculante”.

5.2.      Si algún término hubiera sido expresamente establecido con el carácter de “vinculante” para la prestación de los servicios, dicho plazo no podrá comenzar a computarse hasta que el cliente haya proporcionado a AIM toda la información y documentación requerida. Lo anterior será de aplicación aún incluso sin la aprobación expresa del cliente, a todas las demoras en las fechas convenidas y de las que AIM no sea responsable.

  1. Obligación del cliente de cooperar.

6.1.      El cliente garantiza que será facilitada a AIM, con la debida puntualidad y de forma gratuita, toda la cooperación que, para la adecuada prestación de los servicios objeto del contrato, pueda ser requerida del cliente, de los agentes y/o colaboradores del cliente y/o de terceros.

6.2.      En caso de trabajos de inspección, los objetos a someter a ensayo e inspección, la documentación de diseño, cualesquiera otros documentos, materiales auxiliares, el personal de ayuda, etc., necesarios para realizar los servicios serán puestos a disposición de AIM gratuitamente. En particular, se pondrá a disposición de AIM la documentación necesaria referente a los ítems a inspeccionar (equipos, instalaciones, proyectos, etc.), para que puedan llevarse a término los servicios de inspección.

6.3.      En todo caso, los actos de cooperación del cliente deben ser desarrollados de conformidad con las previsiones legales, los estándares que resulten de aplicación y la normativa vigente en materia de seguridad y de prevención de riesgos laborales.

6.4.      El cliente debe soportar cualquier coste adicional en el que se incurra a consecuencia de la necesidad de repetición de trabajos o de retrasos originados por haber sido facilitada tardíamente la información, o porque la información facilitada es incorrecta o incompleta, o por la falta de la debida cooperación. La repetición de visitas por motivos ajenos a nuestro servicio, las horas de espera, los servicios adicionales o los trabajos fuera de jornada normal, se facturarán de acuerdo con las tarifas establecidas en vigor. A los efectos anteriores, el horario normal de trabajo es de 8 hrs., a realizar entre las 9:00 y las 19:00 hrs. inclusive, en días laborables de lunes a jueves y de 6 horas, a realizar entre las 9:00 y las 15:00 hrs, los días laborables de viernes.

  1. Facturación.

7.1.      Si el alcance de los servicios no está definido por escrito en la orden de pedido u oferta, la facturación se realizará en función de los honorarios y gastos incurridos. Si no se ha acordado por escrito la tarifa u honorarios aplicables, la facturación de los servicios se realizará según los precios y tarifas de AIM vigentes en el momento de llevar a cabo los servicios.

7.2.      Salvo acuerdo expreso en contrario, los servicios serán facturados a medida de la ejecución del trabajo contratado.

7.3.      Se considera tiempo facturable el tiempo real utilizado, el cual incluye el tiempo dedicado al estudio, inspecciones, pruebas, confección de informes y desplazamientos.

7.4.      Los precios indicados son válidos mientras no se modifiquen las condiciones indicadas en la oferta. Los precios citados no incluyen los impuestos en vigor (IVA al tipo vigente que en cada momento resulte legalmente aplicable), ni las tasas de la Administración en los casos en que fuera necesario abonarlas.

7.5.      Si la ejecución de los trabajos se extiende por un periodo de tiempo superior a un (1) mes, y el valor del pedido o el precio fijo acordado es superior a 2.000 €, AIM puede exigir provisión de fondos, anticipos o pagos a plazos.

  1. Condiciones de pago.

8.1.      Todas las cantidades facturadas se considerarán vencidas para su pago, sin que resulte de aplicación ninguna deducción sobre ellas al momento de la recepción de la factura.

8.2.      Los pagos se realizarán en la fecha establecida mediante transferencia bancaria al número de cuenta de AIM expresada en la factura, indicando el número de factura y el nombre del cliente.

8.3.    En caso de retraso en el pago, AIM podrá exigir el pago de intereses según contrato y/o disposiciones legales que resulten de aplicación, así como el rembolso de los gastos derivados de la reclamación (judicial y extrajudicial) efectuada. Adicionalmente, AIM se reserva el derecho de reclamar por los daños y perjuicios ocasionados.

8.4.      En caso de que el cliente se retrase en el abono de la factura a pesar de haberle sido otorgado un periodo de gracia razonable, AIM se reserva el derecho a resolver el contrato; en su caso, a retirar la certificación; a reclamar la reparación de los daños y perjuicios derivados de la no ejecución de los servicios y de cualesquiera otros perjuicios que se hayan podido originar; así como el derecho a rehusar la continuación de la realización de los servicios objeto del contrato. También será de aplicación lo anteriormente mencionado en los supuestos de devolución de cheques, cesación en el pago de obligaciones, concurso de acreedores o, en general, ante cualquier situación de insolvencia de hecho o de derecho del cliente que pueda ser acreditada.

8.6.      Cualquier objeción frente a facturas expedidas por parte de AIM deberá formalizarse por escrito dentro del plazo de tres (3) semanas a contar desde la recepción de la factura.

8.7.      AIM se reserva el derecho a exigir importes a cuenta para gastos en cuantía razonable.

8.8.      El desistimiento del cliente una vez aceptada la oferta, dará derecho a AIM- además de en todo caso a facturar la parte proporcional de los servicios ejecutados hasta dicho momento, a retener los importes que en su caso hayan podido ser facturados anticipadamente según contrato, y/o facturar adicionalmente aquel porcentaje del importe de los servicios contratados en su caso previsto en el contrato, debiendo ser tales importes satisfechos/soportados por el cliente como compensación por los gastos originados hasta dicho momento, y, en todo caso, en concepto de indemnización por los daños y perjuicios derivados como consecuencia de la ruptura unilateral del contrato.

8.9.      En caso de un incremento de los costes generales y/o de los costes de compra o adquisición de materiales y siempre al inicio de un mes, AIM podrá incrementar sus precios correlativamente. Para llevar a efecto lo anterior, AIM deberá notificar su intención al cliente con un (1) mes de antelación a la fecha en que el incremento de precios vaya a entrar en vigor (periodo de notificación de modificación de tarifas). Si el incremento de precios por año de contrato no supera el 5%, el cliente no puede por este motivo resolver el contrato. En caso de un incremento de precios superior al 5% por año de contrato, el cliente podrá resolver el contrato notificando su intención para que la resolución surta efecto al término del periodo de notificación de modificación de tarifas. De no resolver el contrato, los nuevos precios modificados tendrán la misma consideración que si hubieran sido pactados una vez expirado el periodo antes indicado.

8.10.   Frente a las cantidades adeudadas a AIM , solo podrán ser compensados por parte del cliente, aquellos importes cuya reclamación esté judicialmente reconocida y que sean legalmente indiscutibles.

  1. Aceptación.

9.1.      Cualquier parte del trabajo incluida en la orden del pedido u oferta independientemente concluida tendrá la consideración de servicio parcial y, como tal, podrá ser presentada por AIM para su aceptación y recepción por el cliente. El cliente está obligado a una recepción inmediata.

9.2.      En caso de que el cliente no cumpla con su obligación de recepción y aceptación inmediata, se considerará que la aceptación ha tenido lugar treinta (30) días después de la finalización del servicio o de la parte indicada del mismo, si AIM ha advertido expresamente al cliente del plazo límite antes referido una vez ejecutado el servicio.

  1. Confidencialidad.

10.1.   En el sentido de este acuerdo, se entiende por “información confidencial”, todo tipo de información, documentos, gráficos, esquemas, dibujos, know-how, datos, muestras y documentación de proyecto, etc. que durante la vigencia de este acuerdo se entrega, se transmite o se da a conocer, en cualquier otra forma y/o soporte, bien sea en formato papel y/o electrónico.

10.2.   Tendrán dicha consideración de “confidenciales”, todas las informaciones que se transmitan las partes e intercambien entre ellas, sin necesidad de ser marcadas con la calificación expresa de “Confidencial” por la parte divulgante antes de su entrega a la parte receptora.

10.3.   Todas las informaciones confidenciales deben utilizarse solamente para cumplir el objeto del contrato, salvo acuerdo expreso y escrito en otro sentido, no pueden ser fotocopiadas, distribuidas, publicadas o transmitidas de cualquier otra forma a terceros por la parte receptora, a menos que sea necesario para cumplir con el objeto del contrato o AIM sea requerida por imperativo legal o administrativo a entregar dicha información, informes de inspección y ensayo, y/o documentos confidenciales a las autoridades públicas o bien a terceros involucrados en la ejecución del contrato;

10.4.   Se podrá revelar la información confidencial recibida a aquellos trabajadores o colaboradores que resulten estrictamente necesarios y que necesiten conocer dicha información para una adecuada prestación de los servicios. Dichos empleados y/o colaboradores están obligados al mismo nivel de secreto profesional y confidencialidad al establecido en el presente apartado 10.

10.5.   En el sentido de este acuerdo, no se considera información confidencial, la información que se pueda demostrar que era de dominio público en el momento de su divulgación o era conocida por el público en general sin incumplimiento alguno del presente compromiso; o que se había recibido las informaciones a través de un tercero, del cual podía recibirlas en forma legal; o la información estaba ya en su poder antes de producirse la transmisión de información o documentos; o que se haya conseguido por sus medios la información, independientemente de la transmisión de la misma.

10.6.   Las informaciones confidenciales permanecerán siendo propiedad de la parte divulgante. La parte receptora se obliga, en cualquier momento y a requerimiento de la parte divulgante, así como también sin necesidad de requerimiento alguno inmediatamente después de la resolución o del término de la vigencia de este contrato, a elección de la parte divulgante, a: (i) devolver a la parte divulgante, todas las informaciones confidenciales, incluidas sus copias; o (ii) a proceder a la destrucción de toda la información confidencial, incluidas sus copias, y a confirmar posteriormente por escrito a la parte divulgante su efectiva destrucción. Están exceptuados de lo anterior, los informes y certificados emitidos para el cliente dentro del marco del contrato, los cuales quedarán en poder del cliente. AIM podrá archivar copias de tales informes, certificados e información confidencial para la demostración de la exactitud de sus resultados, así como para otros propósitos de documentación y archivo en general.

10.7.   En caso de trabajos de inspección, el resultado de las inspecciones realizadas se considerará como confidencial frente de terceros, sólo accesible para el cliente y, en caso de inspecciones, para la Administración o ENAC. De la misma manera, toda la información del diseño o de los procesos productivos que pueda obtenerse del cliente, será considerada, en su totalidad, como confidencial ante terceros.

10.8.   Si según lo especificado en la oferta o contrato hubiera de entregarse al cliente algún informe o documentación, dicha documentación se considera preparada para el uso estrictamente previsto en la oferta o contrato. Dicha documentación no podrá ser distribuida o facilitada a otras partes, total o parcialmente, ni destinada a otros usos diferentes de los previstos en la oferta o contrato, sin el consentimiento previo y escrito de AIM.

Toda la información y los datos contenidos en la oferta (aún sin haber sido aceptada) o contrato, así como la información, documentación, productos o bienes tangibles a entregar al cliente según lo especificado en la oferta o contrato, y cualesquiera otros documentos, datos o informaciones resultado de la prestación de los servicios, cualquiera que sea el formato o medio en que se contengan, tienen carácter estrictamente confidencial y se emiten al sólo objeto de procurar una adecuada prestación de los servicios, debiendo entenderse facilitados para información, uso y beneficio exclusivo del cliente (y, en su caso, de otros beneficiarios receptores de los servicios que hayan sido previa y debidamente identificados en la oferta o contrato), por lo que tales datos e informaciones no podrán ser destinados a otros usos no autorizados, ni tampoco reproducidos, referenciados, ni revelados, total o parcialmente, a un tercero, sin el previo consentimiento escrito y expreso de AIM . La simple solicitud de la preparación de una oferta y la recepción de la misma por el cliente, implica la aceptación de lo anterior y el conocimiento de las presentes condiciones a disposición de los clientes.

El infractor indemnizará a AIM por las pérdidas, gastos, costes y daños derivados del incumplimiento de lo prevenido en este apartado 10.8, cuando la oferta (aún antes de su aceptación) o contrato, preparados por AIM hayan sido destinados a otros usos no autorizados, distintos de los propios y establecidos en la oferta o contrato, o si hubiera sido reproducido, referenciado o revelado a terceros, completa o parcialmente, el contenido de la oferta o contrato, o el contenido de los informes entregados, o los documentos, datos o informaciones resultantes de la prestación de los servicios.

10.9    La información sobre el cliente obtenida de fuentes distintas al cliente (por ejemplo, una persona que realiza una queja, de autorizadas reglamentarias) deben tratarse como información confidencial

10.10.   Los compromisos establecidos en este apartado 10 tendrán una vigencia indefinida, no obstante la resolución del contrato por cualquier causa.

  1. Propiedad intelectual e industrial.

11.1.   AIM retendrá la titularidad exclusiva y/o conjunta, según los casos, de todos los derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial sobre dictámenes, resultados de inspecciones y ensayos, cálculos, presentaciones, etc., preparados por AIM.

11.2.   El cliente puede hacer uso de los dictámenes, resultados de inspecciones y ensayos, cálculos, presentaciones, etc., preparados en el marco del pedido exclusivamente para los fines específicamente previstos a estos efectos en la oferta o contrato.

11.3.   El cliente sólo podrá utilizar los dictámenes, resultados de inspecciones y ensayos, cálculos, presentaciones, etc. de forma completa y sin fragmentar. Cualquier publicación o reproducción con fines publicitarios necesita la aprobación previa y escrita de AIM

  1. Responsabilidad de AIM .

12.1.   AIM dispone de un seguro de responsabilidad adecuado para su actividad que cumple con las exigencias de la legislación vigente. Se excluyen los posibles daños que procedan de cualquier acto u omisión, así como los acaecidos por causa de información incorrecta o incompleta proporcionada por el cliente, y por causa fuera del control de AIM con inclusión, pero no limitado a, accidentes, huelgas, cierres patronales, actos de despido de terceros o de fuerza mayor.

12.2.   No obstante lo anterior, y para todos aquellos casos en que sea legalmente posible esta limitación, con independencia del fundamento legal y, en particular, tanto en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales, como en caso de responsabilidad civil extracontractual, la responsabilidad de AIM por todos los daños, pérdidas y rembolso de gastos, etc. originados por los representantes legales y/o empleados de AIM se encuentra limitada:

  1. a) en caso de contratos con un importe fijo de honorarios, a diez veces el importe de los honorarios contratados para la totalidad del contrato y percibidos;
  2. b) en caso de contratos para servicios anuales recurrentes, al importe anual acordado y abonado;
  3. c) en caso de contratos facturados en función del tiempo incurrido y del material empleado, a un importe máximo no superior a 20.000€;
  4. d) en el supuesto de acuerdos marco que prevén la posibilidad de establecer órdenes de pedido individuales, a una cantidad igual a tres veces los honorarios estipulados para la orden de pedido individual en relación a la cual se ha generado el daño, siempre que aquellos honorarios hayan sido satisfechos; actuando, de cualquier forma, como tope para AIM el importe realmente satisfecho.

En todo caso y no obstante todo lo anterior, en relación con la presente oferta o contrato la responsabilidad máxima de AIM se encuentra limitada para cualquier supuesto de daño o pérdida a 1.200.000 €.

12.3.   La limitación de responsabilidad prevista en el apartado 12.2 no será de aplicación en caso de daños causados con dolo y/o culpa grave por parte de AIM y/o de su personal y/o sus colaboradores, así como tampoco será aplicable para los daños debidos a la vulneración de obligaciones por cuyo cumplimiento AIM hubiere contraído una garantía expresa de ejecución, ni para daños por los cuales se tenga una obligación legal, en su caso, de responder.

12.4.   En caso de incumplimiento de una obligación cardinal, AIM responderá incluso por culpa leve. Se consideran obligaciones cardinales aquellas obligaciones contractuales importantes cuyo cumplimiento es imprescindible para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente tiene derecho a confiar. En caso de culpa o negligencia en el cumplimiento de una obligación cardinal, el derecho a una indemnización por los daños está limitado al valor del daño que, en el momento del incumplimiento de la obligación, pueda ser considerado como posible consecuencia de la violación del contrato, típica y previsible (“daño típicamente previsible”), en tanto en cuanto no concurra ninguno de los supuestos previstos en el apartado 12.3.

12.5.   AIM no responde por el personal puesto a disposición por el cliente para colaborar en la ejecución del trabajo, a menos de que dicho personal pueda ser legalmente considerado como agentes y/o colaboradores propios de AIM . En caso de que AIM  no sea responsable del citado personal colaborador, el cliente deberá indemnizar a AIM frente a cualquier reclamación de terceros por este motivo.

12.6.   La prescripción de derechos para reclamar por los daños y perjuicios se rige por la normativa legal vigente que resulte de aplicación.

12.7.   Ninguna de las previsiones de este apartado 12 supone una modificación de la carga de prueba en perjuicio del cliente.

  1. Sistema de Gestión. Independencia, imparcialidad e integridad.

13.1.   El personal de AIM que participe en la realización de los trabajos, actuará en todo momento de acuerdo con los procedimientos del Sistema de Gestión de AIM , y observará las normas y procedimientos de disciplina y seguridad que el cliente pueda establecer.

Cuando alguna de las partes de las inspecciones y/o ensayos y pruebas ofertados se haya de realizar por una empresa especializada, AIM subcontratará estos trabajos, teniendo en cuenta que esté debidamente homologada, siguiendo los procedimientos del Sistema de Gestión.

13.2.   AIM tiene establecido un código de conducta para su personal que le compromete a mantener su independencia, imparcialidad e integridad en todas sus actuaciones.

13.3.   Cuando se considere necesario, los trabajos que resulten no conformes a procedimientos o requisitos acordados, podrán interrumpirse, previa información al cliente.

  1. Coordinación de actividades en materia de prevención de riesgos laborales.

14.1.   AIM queda a disposición del cliente para realizar el intercambio de información que éste estime necesario para cumplir con el deber de coordinación de actividades empresariales en los centros de trabajo, según el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, desarrollado en virtud del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero.

14.2.   AIM solicita al cliente que informe con antelación suficiente de los posibles riesgos asociados a sus instalaciones, así como de los riesgos derivados de otras empresas concurrentes que puedan afectar a los colaboradores de AIM que desarrollen los trabajos.

Si no se recibe comunicación previa alguna, AIM entenderá que en las instalaciones del cliente no existen más riesgos que los generados por la propia actividad ofertada.

14.3.   Será responsabilidad del cliente mantener en todo momento unas adecuadas condiciones de seguridad y salud en el puesto de trabajo a ocupar por personal de AIM , así como poner los medios necesarios para facilitar el acceso al mismo. La gestión y el coste de todo aquello correrá a cargo del cliente, en caso de ser necesario.

14.4.   Los trabajos que, al no disponer de las adecuadas condiciones de seguridad y salud por parte de cliente, supongan un riesgo grave e inminente para la vida o la salud de los trabajadores de AIM, según el artículo 21 de la Ley 31/1995, no se llevarán a cabo. Se comunicarán al cliente por escrito los motivos, emitiéndose factura por la parte proporcional del trabajo realizado.

  1. Invalidez parcial. Forma escrita. Reclamaciones y Jurisdicción competente.

15.1.   Las partes no han suscrito ningún acuerdo complementario al presente contrato.

15.2    Para su efectividad, cualquier modificación y/o adenda al presente contrato deberá ser formalizada por escrito por las partes. Esta previsión también será de aplicación para modificaciones y acuerdos complementarios relativos a la forma escrita.

15.3.   La invalidez o ineficacia de una o varias estipulaciones de este contrato, ya sea periódica o sobrevenida, no supondrá la invalidez o ineficacia de las demás, las cuales permanecerán vigentes e invariables. En relación con las cláusulas declaradas inválidas o ineficaces, las partes contratantes deberán acordar una regulación sustitutiva, válida legalmente, lo más acorde posible, desde un punto de vista jurídico y comercial, a las estipulaciones afectadas.

15.4.   AIM tiene puesto a disposición del cliente u otras partes interesadas, un procedimiento de reclamaciones para la gestión de las quejas, reclamaciones y apelaciones que pudieran surgir durante la realización de sus actividades.

15.5.   La jurisdicción competente para conocer de cualquier discrepancia que pudiera surgir sobre la interpretación y/o aplicación de las estipulaciones de este acuerdo, será la de los Juzgados y Tribunales de Gijón. Este contrato se encuentra sujeto a la legislación española.

  1. Protección de datos de carácter personal.

16.1.   El cliente está conforme con que AIM guarde y trate datos personales para sus fines de acuerdo con lo establecido en la Ley española de Protección de Datos.

De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos están incorporados en un fichero del que es titular AIM con la finalidad de realizar la gestión administrativa, contable y fiscal, así como para enviarle comunicaciones comerciales sobre nuestras, actividades, productos y/o servicios, asegurando la confidencialidad de los datos aportados, los cuales no serán cedidos en ningún caso a terceros.

Asimismo, le informamos de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos en el domicilio social de AIM sito en Calle Esmeralda Maseda 14 bajo, 33211 Gijón (Asturias).

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