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Los ascensores y aparatos elevadores están sujetos a estrictas normas de regulación, las cuales se establecen por seguridad, fiabilidad e idoneidad para su correcto uso. Con el fin de poder conseguir dichas condiciones se debe realizar un programa integral de inspección reglamentaria para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente:
Además de los reglamentos anteriormente mencionados es de aplicación:
El campo de aplicación de la ITC-MIE-AEM-01 engloba ascensores movidos eléctrica, hidráulica u oleo-eléctricamente. Dicho ascensores deben estar instalados de forma permanente que dispongan de una cabina destinada al transporte de personas y/o objetos. Pueden estar suspendida por cables o cadenas en vías verticales y cuya inclinación sobre la vertical no exceda del 15º.
Los aparatos elevadores instalados en edificios obligados a pasar inspección reglamentaria, se puede dividir en tres bloques, en función de la periodicidad de las mismas:
Periodicidad Características
La inspección se realizará siguiendo los criterios técnicos correspondientes a la reglamentación con la que se legalizó la instalación.
En este link podéis ver y DESCARGAR EN PDF LA FICHA DE ASCENSORES
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